Reformas a las leyes de drogas: México
Septiembre 2009
En Agosto del 2009, el parlamento mexicano aprobó una reforma, con consecuencias a tres leyes federales, a iniciativa del Presidente Calderón. El origen de la reforma se enmarca en combatir el comercio de drogas a pequeña escala, conocido en México como "narcomenudeo". Creando nuevas figuras dentro de las leyes -los consumidores y fármaco dependientes-, y privándoles de un trato penal, se busca ser más eficiente en enfrentar los pequeños comercializadores, quienes recibirán penas más altas.
La ley de narcomenudeo aprobada en México representa algunos avances pero también riesgos importantes para el país en materia de política de drogas
Colectivo por una Política Integral Hacia las Drogas (CUPIHD), 1 de mayo, 2009
Esta ley en teoría despenaliza el consumo de drogas ilegales y establece dos universos jurídicos distintos, uno para los consumidor y otro para los traficantes. Sin embargo, consideramos de gran importancia compartir un análisis breve e inmediato de la misma, ya que al no implicar una política integral desde una visión ante todo de salud pública y de respeto a los derechos humanos, puede traer consecuencias muy negativas para el país.
Documentación
La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una sentencia que está encaminada a garantizar que los farmacodependientes no sean tratados como criminales sino como enfermos. La importancia de la sentencia estriba, en la práctica, en que se convertirá en un aval a la nueva reforma y en un criterio que cierre la posibilidad de que en el futuro nuevamente se vuelva a tratar como delincuentes a los adictos.
Ricardo Soberón Garrido, experto en drogas, asesor del Transtional Institute, considera que "lo que signifique ser más selectivos y específicos en la percepción penal del uso de drogas es conveniente. México es un escenario de una guerra frontal entre la criminalidad organizada y el Estado. Aquello que me signifique no desviar recursos para enfrentar la criminalidad organizada es bueno".
A partir de ayer entraron en vigor las reformas legales que modifican el combate al narcomenudeo en México, y que también especifican las cantidades máximas de droga para “el estricto consumo personal e inmediato”. Se especifica que no se podrá ejercer acción penal cuando la persona tenga en su poder un cantidad igual o menor a 500 miligramos de cocaína; cinco gramos de Cannabis o mariguana; 40 miligramos de metanfetamina; dos gramos de opio o 50 miligramos de heroína, entre otras drogas.
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