El caso de Perú Sistemas sobrecargados: Drogas y cárceles en America Latina

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En Perú, la ley de drogas no castiga con cárcel el consumo de drogas o la tenencia de drogas para consumo personal. Sin embargo, como concluye el capítulo de Perú del estudio Sistemas sobrecargados: Leyes de drogas y cárceles en América Latina, las autoridades peruanas tratan al consumo de drogas como si fuera una conducta criminal: abrumando a las policías, retardando los juicios e incluso sobre poblando las prisiones.  

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Sobre el caso de perú

“En la ley peruana, el consumo de drogas no se castiga con cárcel, cosa que es bueno, porque los consumidores de drogas problemáticos merecen tratamiento, no cárcel”, dice Ricardo Soberón, autor del capítulo de Perú en la investigación coordinada por el Transnational Institute (TNI) y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA). 


Diana Esther Guzmán, Giorgina Garibotto y Ricardo Soberón

Sin embargo, según estadísticas obtenidas de la Policía Nacional del Perú (PNP), el estudio encuentra que desde 1997, parece ser que cerca del 60 por ciento de los arrestos en relación a delitos de droga corresponden a capturas de consumidores. “En la práctica, los consumidores son detenidos hasta que las autoridades determinen si la persona portaba drogas para su consumo o para la venta. En otras palabras, se trata a los consumidores como culpables hasta que se demuestre lo contrario”.

Adicionalmente, para los delitos relacionados al tráfico de drogas, las autoridades pueden detener a alguien en prisión preventiva hasta por 15 días, cuando lo normal es 24 horas.“Detener a un gran narcotraficante en prisión preventiva por 15 días puede tener sentido, pero es injustificable cuando se trata de consumidores”, dice Soberón, quien también es director del Centro de Investigación “Drogas y Derechos Humanos” (CIDDH). “Dos semanas de cárcel son una interrupción en la vida de cualquiera, pero es una violación grave cuando se toma en cuenta que el supuesto crimen ni siquiera existe ante la ley”.

En diciembre de 2009, había en el Perú una población penal de 44.735 personas, según datos del Instituto Nacional Penitenciario (INPE). En la actualidad, el 23 por ciento de los internos en Perú lo están por delitos relacionados con drogas. A la par, datos de la Procuraduría Pública especializada en delitos de drogas muestran que predominan los delitos de microtráfico con respecto a los de macrotráfico en una relación de casi 72 a 28 por ciento respectivamente entre el 2000 y 2008.  “He recorrido muchas de las prisiones peruanas, parece que la mayoría de estos microtraficantes son campesinos, jóvenes, mestizos pobres e indígenas”, dice Soberón.

Aunado a esta situación, a los encarcelados de delitos de drogas, ya sean microtraficantes o macrotraficantes,  se les niega los beneficios penitenciarios comunes: permiso de salida, redención de la pena por el trabajo y la educación, semi-libertad, liberación condicional, visita íntima, etc. “Esta falta de beneficios impide que los encarcelados de drogas tengan una proceso adecuado de readaptación social. Sin quererlo, estamos fomentando la reincidencia al delito”, afirma Soberón.

El enfocar los esfuerzos del estado en micro-ofensores no sólo es infectivo en reducir el tráfico de drogas, pues los puestos de microtráfico son altamente reemplazables, sino también contraproducente en muchos sentidos, concluye el estudio. “Las policías están abrumadas y los tribunales están saturados, lo que propicia que personas inocentes se vean en tramites legales mucho más tiempo del que es admisible”, concluye Soberón. Actualmente, el 61 por ciento de la población reclusa peruana es procesado y el 39 por ciento es sentenciado, lo que refleja una retardación de justicia que se prolonga en muchas ocasiones meses o años.

Para más información:

– Kristel Mucino, Coordinadora de Comunicaciones:
Buenos Aires +(54911) 5737-2528. Estados Unidos: +(617) 584-1713.
– Visite nuestra video serie de 5 minutos mostrando el perfil de las personas encarceladas por drogas.

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