La democracia en venta Cómo las normas de protección de los inversores en el CETA amenazan al interés público en Canadá y la UE

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El mecanismo de solución de controversias entre inversores y Estados incluido en el ambicioso acuerdo de integración económica entre Canadá y la Unión Europea impide que los Gobiernos actúen en el interés público.

 

Sobre la democracia en venta

Tipo de publicación
Policy briefing

Autores

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  • Pia Eberhardt
  • Blair Redlin
  • Cecile Toubeau

Resumen ejecutivo

También disponible en neerlandés, francés, alemán, griego, checo, búlgaro, finés, danés, estonio y polaco.

El 26 de septiembre de 2014, Canadá y la Unión Europea (UE) anunciaron la conclusión de un ambicioso acuerdo de integración económica, el Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG; CETA por su sigla en inglés y de uso más extendido, por lo que es la que usaremos en este informe). El acuerdo incluye un mecanismo de solución de controversias entre inversores y Estados (SCIE) que podría desencadenar un auge de litigios de grandes empresas contra Canadá, la UE y Estados individuales de la UE, y que podría constituir una grave amenaza a las iniciativas de los Gobiernos para proteger a la ciudadanía y el medio ambiente.

El mecanismo de SCIE concede a las grandes empresas extranjeras la potestad de demandar directamente a los países ante tribunales internacionales privados y exigirles una indemnización por adoptar salvaguardias en materia de salud, medio ambiente, finanzas u otras medidas internas que, en opinión de dichas empresas, socaven sus derechos.

La resolución de estos litigios inversor-Estado depende de árbitros comerciales privados a los que se les paga por cada caso que examinan, y que muestran una clara tendencia a interpretar la ley en favor de los inversores. El mecanismo de SCIE puede impedir que los Gobiernos actúen en el interés público, tanto de forma directa, cuando una gran empresa demanda a un Estado, como indirecta, al desincentivar que se adopten determinadas leyes por miedo a provocar una demanda. En todo el mundo, los inversores han impugnado leyes que protegen la salud pública, como leyes antitabaco, prohibiciones sobre el uso de productos tóxicos o de la explotación minera, normas que requieren que se realicen evaluaciones de impacto ambiental y otras leyes relacionadas con residuos peligrosos, medidas tributarias y políticas fiscales.

Principales conclusiones

1. La experiencia de Canadá con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) ilustra los peligros que entraña el arbitraje de inversiones. En el marco del TLCAN, Canadá ha sido demandado 35 veces, ha perdido o llegado a un acuerdo sobre seis demandas, y ha pagado un total de más de 171,5 millones de dólares canadienses a inversores extranjeros en concepto de daños. Las demandas de inversores que aún siguen en curso disputan un amplio abanico de medidas gubernamentales que supuestamente menoscaban el valor de las inversiones extranjeras: desde una moratoria sobre la fractura hidráulica (o fracking) y una revocación afín de los permisos de perforación a una decisión de los tribunales canadienses de invalidar ciertas patentes farmacéuticas que no eran lo bastante innovadoras o útiles. Los inversores extranjeros están reclamando al Gobierno canadiense varios miles de millones de dólares por daños y perjuicios.

2. Las protecciones garantizadas a los inversores con el CETA podrían otorgar a los inversores extranjeros aún más derechos que con el TLCAN, aumentando así el riesgo de que esos inversores utilicen el acuerdo para limitar futuras políticas de Gobiernos:

a) Al proteger las “expectativas legítimas” de los inversores mediante lo que se conoce como cláusula del “trato justo y equitativo”, el CETA podría tipificar una interpretación muy amplia de esta cláusula, que crearía “el derecho” a un entorno normativo estable. Esto daría a los inversores un potente instrumento para luchar contra cualquier cambio normativo, incluso aunque este se adopte a la luz de nuevas evidencias u opciones democráticas.

b) El CETA concedería a los inversores extranjeros más derechos para impugnar las normas financieras que el TLCAN, en que estos se limitaban principalmente al derecho (aún significativo) de los bancos de transferir libremente fondos y de estar protegidos frente a expropiaciones. El CETA amplía estos derechos para incluir también conceptos tan abiertos a interpretación como el trato justo y equitativo, que amenaza con maniatar a los reguladores encargados de proteger a los consumidores y la estabilidad del sistema financiero en caso de emergencia.

3. El CETA incrementará notablemente el riesgo de que Canadá sea demandado por bancos, aseguradoras y sociedades financieras. Estos riesgos son evidentes, ya que los inversores especulativos, con la ayuda de los abogados especializados en inversiones, están utilizando cada vez más el arbitraje de inversiones para conseguir ganancias demandado a los Gobiernos que están atravesando crisis financieras. Los títulos de inversión de la UE en Canadá son significativos en el sector financiero y, con el CETA, estos conseguirían unos derechos de litigio de gran calado.

4. El CETA incrementaría el riesgo de que la UE y sus Estados miembros sean demandados por inversores canadienses en los sectores de la minería y de la extracción de petróleo y gas. Los títulos de inversión canadienses en la UE son muy significativos en estos sectores, y algunas compañías mineras canadienses ya están involucradas en una serie de polémicos proyectos relacionados con recursos naturales en la UE. Los especialistas en minería ya están celebrando el CETA como un acuerdo “histórico”, que tendría “importantes repercusiones para la minería”. Las grandes empresas de petróleo, minería y gas de todo el mundo cada vez están recurriendo más al arbitraje de inversiones.

5. Las filiales canadienses de multinacionales con sede en los Estados Unidos también podrán usar el CETA para demandar a Gobiernos europeos, incluso aunque la UE finalmente excluya o limite el mecanismo de SCIE en el acuerdo de Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI; TTIP en inglés) que se está negociando actualmente con los Estados Unidos. Esto es algo especialmente preocupante para los europeos, ya que la economía canadiense está dominada por grandes empresas estadounidenses. Las filiales con sede en la UE de empresas extranjeras también tendrían el mismo poder de impugnar las normas adoptadas en Canadá.

6. Las empresas de la UE, canadienses y estadounidenses ya se encuentran entre las principales usuarias del arbitraje de inversiones, por lo que existen motivos de sobra para esperar que utilizarán el CETA con el fin de limitar las medidas gubernamentales en Canadá y Europa. El 53 por ciento (o 299) de todas las controversias inversor-Estado conocidas en el mundo han sido iniciadas por inversores de la UE. Los inversores estadounidenses han presentado el 22 por ciento (o 127) de todos los casos inversor-Estado conocidos. Los inversores canadienses son los quintos usuarios más frecuentes del arbitraje de inversiones.

7. La oposición a las disposiciones inversor-Estado en el CETA está aumentando a ambos lados del Atlántico entre organizaciones de la sociedad civil, sindicatos e incluso Estados miembros de la UE. En respuesta a ello, la Comisión Europea y el Gobierno canadiense han puesto en marcha una engañosa campaña propagandística para intentar restar importancia a los peligros que plantea el arbitraje de inversiones y desviar la atención de los problemas de base del sistema centrándose en reformas superficiales.

8. Las “reformas” que han prometido introducir la Comisión Europea y el Gobierno canadiense para disipar las inquietudes sobre el mecanismo de SCIE no impedirán el abuso de este por parte de inversores y árbitros. Por el contrario, el CETA ampliará de manera significativa el alcance del arbitraje de inversiones, exponiendo a la UE, sus Estados miembros y Canadá a unos riesgos de responsabilidad jurídica impredecibles y sin precedentes.

No hay necesidad de crear un régimen jurídico especial para proteger a los inversores extranjeros, especialmente en jurisdicciones estables como la UE y Canadá. Las multinacionales de hoy en día se encuentran entre las más prósperas y sofisticadas del mundo, y disponen de capacidad para evaluar los posibles riesgos y la rentabilidad que cabe esperar en función de estos. Y en caso de que los riesgos sean demasiado grandes, esas multinacionales ya disponen de otras opciones, como los tribunales ordinarios, los seguros privados y los planes públicos de garantía de inversiones.

El informe La democracia en venta insta a los legisladores de Canadá y la UE a rechazar las disposiciones para la protección de las inversiones en el CETA y en futuros tratados, como el polémico acuerdo de Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI; TTIP en inglés) entre la UE y los Estados Unidos, y el Acuerdo Estratégico Transpacífico de Asociación Económica (TPP en inglés).